Actualizado: marzo 2026 · Lectura: 7 min
La pregunta sobre los hijos es la que más preocupa a los padres cuando se separan. En Colombia, el principio que guía todas las decisiones sobre menores es el interés superior del niño, consagrado en el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).
Un solo padre tiene la custodia física del menor, es decir, el niño vive principalmente con ese padre. El otro tiene un régimen de visitas definido. La custodia exclusiva no significa que el padre sin custodia pierda la autoridad parental — ambos siguen teniendo la patria potestad.
Ambos padres comparten el tiempo con el menor de forma relativamente equitativa. Puede ser semanas alternas, fines de semana alternos, o cualquier esquema que acuerden y que funcione para el menor. En Colombia ha ganado terreno en los últimos años como opción preferida cuando las condiciones lo permiten.
Si los padres no logran un acuerdo, el juez de familia decide basado en:
Mito frecuente: Muchos creen que la ley favorece automáticamente a la madre. Esto no es cierto en Colombia desde la reforma de 2006. El juez evalúa el caso específico y puede otorgar la custodia al padre si es lo mejor para el menor.
El padre que no tiene la custodia principal generalmente paga una cuota de alimentos. Esta cuota debe cubrir:
El monto se fija según los ingresos del padre obligado y las necesidades del menor. En Colombia, la cuota mínima de alimentos es del 25% del salario mínimo cuando el padre devenga el mínimo.
La obligación de alimentos llega hasta los 18 años, pero puede extenderse hasta los 25 si el hijo está estudiando y demuestra que el estudio le impide trabajar. También puede extenderse indefinidamente si el hijo tiene discapacidad.
El padre sin custodia tiene derecho a un régimen de visitas. Si no hay acuerdo, el régimen habitual en Colombia es:
Sí. La custodia y el régimen de visitas pueden modificarse si cambian las circunstancias (cambio de ciudad, problemas de conducta, nuevas parejas que afecten al menor, etc.). Se puede hacer por acuerdo entre los padres o mediante solicitud al juez.
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